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El fascismo está actuando en Santa Cruz, el gobierno debe investigar

Las casetas del populoso mercado Mutualista en Santa Cruz comenzaron a quemarse la noche de ayer domingo, justamente al día siguiente de que los gremialistas anunciaron que no acatarán el anunciado paro de 48 horas decidido por la Gobernación y el Comité Cívico cruceños, a la cabeza de otras instituciones totalmente controladas por la derecha, como la Universidad Gabriel René Moreno. Aunque se desconocen las causas que originaron este desastre, llamó enormemente la atención que los pocos hidrantes de la zona no tenían agua, por lo que el fuego que inició en algunos puestos pudo extenderse rápidamente. Vanos fueron los esfuerzos de los comerciantes, que trataron de recuperar la mercadería que tenían en sus kioscos, arriesgando sus vidas. Con la llegada de los bomberos y colaboración de los mismos comerciantes se combatió el siniestro; luego, cuando arribó al lugar Luis Fernando Camacho, fue recibido con mucha hostilidad porque varios comerciantes abiertamente lo acusaron de estar detrás

La palabra del Presidente y la Ley de Promoción de Inversiones


Por: Arturo D. Villanueva Imaña
Como si el horno estuviese para bollos y atendiendo quién sabe qué designios orientados a desandar lo avanzado, el actual presidente de la Cámara de diputados de la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha señalado en pasados días que la bancada del MAS ha propuesto eliminar el artículo 27 de la Ley de Promoción de Inversiones que se está tratando, con el argumento de que “es ocioso repetir en otro cuerpo legal lo que ya está normado en la Constitución Política del Estado” (dónde?).
Como es sabido, dicho artículo referido a las nacionalizaciones, fue motivo de una contundente  declaración y desmentido por parte del Presidente Evo Morales, cuando a inicios del mes de Febrero y en referencia a una noticia periodística (calificada como “mentirosa”) y que anunciaba que “el proyecto de ley de inversión frena nuevas nacionalizaciones”, señaló textualmente que “las nacionalizaciones, por interés público o por una cuestión de soberanía, están garantizadas”. No solo eso, también expresó su molestia al señalar que ese tipo de noticias no podían ser aceptadas por “mentir intencionadamente”, sino que además tenían el propósito de “enfrentar (al gobierno) con los trabajadores, sectores sociales, los obreros”.
Ahora y en vista de la explícita contradicción planteada por Marcelo Elío frente a la palabra del Presidente del Estado Plurinacional, nos preguntamos en qué queda el propósito de resguardar la independencia, la soberanía y la dignidad nacionales que supuestamente constituyen los principios orientadores de este proyecto de Ley. Peor aun siendo que ya la Cámara de diputados se dio por anticipado al trabajo de borrar un parágrafo completo del mismo artículo en el que se mencionaba los términos de la nacionalización, y que ahora, no contentos con ello, plantean quitar todo el contenido del artículo 27 (¿!). Ni hablar de lo que ahora pensará el Presidente Evo Morales ante una embestida de semejante magnitud que no solo hecha por tierra su palabra, sino la orientación del proceso.
Para mayores consideraciones sobre el tema, que a todas luces parece orientada a satisfacer y dar cumplimiento a las exigencias del empresariado (nativo y extranjero), antes que pensar en el interés nacional y la responsabilidad de proteger y construir un nuevo modelo económico nacional acorde a lo establecido por la Constitución Política del Estado, es importante enumerar otros aspectos importantes que se extrañan o se han abordado insuficientemente en dicha propuesta de Ley para la Promoción de inversiones. Por ejemplo, es el caso de:
  • La concentración y centralización de la promoción de la inversión en el Poder Ejecutivo, sin tomar en cuenta el sistema autonómico vigente y la capacidad que los gobiernos subnacionales pueden y deberían tener, inclusive para desburocratizar trámites y responder a realidades, necesidades y contextos económicos diferentes.
  • La persistencia de un enfoque unilineal y monotemático sobre el significado y los propósitos de la inversión (como si hubiese un solo tipo de desarrollo económico y social posible), que anulan la posibilidad de atraer inversiones acordes a la identidad, cosmovisión y forma propia de desarrollo de las regiones y los pueblos. Es decir, respetando tanto el carácter plurinacional del Estado y la sociedad, como la persistencia de una economía plural donde existen diversas formas de organización económica.
  • No es suficiente con reducir la pobreza y las desigualdades o promover el desarrollo y el crecimiento de la economía; debe mejorarse la calidad de vida y el vivir bien de todos los bolivianos (Ver: art. 306 parágrafo I de la CPE), porque ello expresaría la voluntad real para ir más allá del desarrollismo capitalista.
  • La necesidad de promover únicamente la inversión productiva que evite completamente aquellas inversiones especulativas o de capital golondrina.
  • Las inversiones productivas deben incluir la transferencia tecnológica, para evitar la dependencia del sistema económico y productivo nacional. (Ver artículo 14 del Proyecto). No basta con establecer algunos requisitos o modalidades de transferencia tecnológica (mucho menos que sean opcionales), sino garantizar para el país el manejo autónomo completo de todo el sistema tecnológico que se implante en las diversas áreas económicas donde se haya invertido. No basta garantizar la independencia y soberanía económica, también debe lograrse la NO dependencia tecnológica.
  • No es suficiente que las inversiones cumplan solamente la condición de eficiencia y eficacia económica (Ver: art. 20 del Proyecto), puesto que es indispensable que mantengan una relación armoniosa con la naturaleza, respeten la independencia y soberanía nacionales y se adecúen a la realidad económica y cultural del país.
  • La necesidad de regular con mayor precisión las transferencias al exterior de los inversionistas extranjeros (Ver: Art. 15 del Proyecto). Estas deberán estar vinculadas a la obligación previa de reinvertir en el país un porcentaje de las utilidades obtenidas.   
  • Los incentivos para la promoción de diversas formas de inversión (incluidas las preferentes), deben promover especialmente la forma de organización económica comunitaria en atención al art. 307 de la CPE. 
  • El parágrafo II del art. 7 del Proyecto de ley, referida a Inversión con compromiso social debe ser revisada, puesto que sin especificar nada permite la sanción penal y civil de “toda acción de terceros que perjudiquen el normal desenvolvimiento de la inversión”, siendo que ello puede convertirse en un instrumento totalmente arbitrario para penalizar cualquier acción que los empresarios consideren atentatorio.
El autor es sociólogo, boliviano. 
Twitter @escuelanfp

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